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ENVIAR DECLARACIONES JURADAS MEDIANTE FORMULARIO EN PANTALLA

Mediante esta opción Ud. podrá presentar la declaración de los formularios  1822, 1827, 1830, 1835, 1851, 1852, 1853, 1854, 1858, 1859, 1861, 1868, 1879, 1885, 1887 y 1897 llenando directamente un formulario en pantalla y posteriormente enviarlo mediante la opción confirmar/enviar declaración.


Espere la respuesta del SII, la cual será un Certificado de recepción de la declaración, en el cual se le asignará fecha y Nº de Folio de la Declaración. En este momento se considerará su declaración presentada y recibida. Si tiene dudas o para mayor información seleccione aquí

El número de informados a declarar permitido mediante esta alternativa es el siguiente:

Formulario Nº de Informados
1822 10
1826 5
1827 10
1830 10
1835 10
1851 25
1852 25
1853 25
1854 25
1858 10
1859 10
1861 10
1868 17
1879 10
1885 10
1887 10
1897 10

  • Desde el año 2002 el formulario 1825 se elimina en las Declaraciones Juradas, en su reemplazo deberá corroborar y/o actualizar en el menú de Bienes Raíces, de nuestro Web, la información que posee el SII sobre sus propiedades.


  • El formulario 1897 debe presentarse por aquellos propietarios de bienes raíces agrícolas y no agrícolas, que hayan cedido el usufructo de una o más de ellas a terceros. El formulario 1897 entra en vigencia a partir del período tributario 2002.


  • Los formularios 1851, 1852, 1853 y 1854 entran en vigencia a partir del período tributario 2003.


  • El formulario 1826 solo está en vigencia para el período tributario 2004.


  • Los formularios 1827, 1858, 1859 y 1861 entran en vigencia a partir del período tributario 2004.


  • Los formularios 1822 y 1885 están disponibles por este medio de envío a partir del período tributario 2004.


  • Los formularios 1830, 1835, 1868 están disponibles por este medio de envío a partir del período tributario 2005.



  • Periodo a declarar:

    Elija el formulario a declarar:


      
      


    Si el número de informados a declarar sobrepasa la cantidad máxima para un determinado formulario, deberá utilizar otra opción de envío, información que encontrará en el Suplemento de Declaraciones Juradas.