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    Descripción Corta
   
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    Descripción
   
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    Mutuos de dinero
   
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    Mutuos de dinero. (Art.1 N°3)
   
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    Pagarés, L Cambio
   
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    Pagarés, letras de cambio. (Art.1 N°3)
   
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    Bonos no Ley 18045
   
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    Emisión de bonos y debentures no acogidos a la Ley N°18.045. (Art. 1 N°3)
   
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    Prest Bancario
   
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    Préstamos bancarios otorgados en cuenta especial, con o sin garantía documentaria. (Art. 1 N°3)
   
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    Prest Bancario Letra
   
   | 
  
   
    Préstamos u otras operaciones de crédito de dinero, efectuadas con letras o pagarés, por bancos e instituciones financieras registradas en el Banco Central de Chile en el caso de operaciones desde el exterior. (Art.1 N°3)
   
   | 
 
 
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    Op. extranjero s/doc
   
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    Operaciones de crédito de dinero provenientes del extranjero en las que no se hayan emitido o suscrito documentos. (Art.1 N°3)
   
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    Op. extranjero c/doc
   
   | 
  
   
    Operaciones de crédito de dinero provenientes del extranjero en las que se hayan emitido o suscrito documentos. (Art.1 N°3)
   
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    Cap Intereses intern
   
   | 
  
   
    Capitalización de intereses correspondientes a operaciones de crédito de dinero internas. (Art. 2 N°1)
   
   | 
 
 
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    Cap Intereses exteri
   
   | 
  
   
    Capitalización de intereses correspondientes a operaciones gravadas celebradas con personas del exterior. (Art. 2 N°1)
   
   | 
 
 
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    Línea Cred Jurídicas
   
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    Operaciones de crédito de dinero otorgadas para el uso de tarjetas de crédito, celebradas por contribuyentes del Art.20 N°2 de la Ley de Impuesto a la Renta o tarjetas que estén destinadas exclusivamente al uso particular de personas naturales que no sean contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría. (Art. 24 N°9)
   
   | 
 
 
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    Cred pers extrerior
   
   | 
  
   
    Cada una de las operaciones de crédito de dinero celebradas con personas del exterior que se realicen en virtud de lo pactado en contratos de apertura o líneas de crédito. (Art.24 N°9)
   
   | 
 
 
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    Gar Carta Cred impor
   
   | 
  
   
    Documentos gravados emitidos para garantizar cartas de crédito, relacionadas con importaciones no afectas con el impuesto del Art.3. (Art. 1 N°3)
   
   | 
 
 
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    Pago import div prop
   
   | 
  
   
    Pago de importaciones o ingresos de mercaderías a zonas francas, cuando dicho pago sea efectuado con divisas propias y con una fecha posterior a la de aceptación del documento de destinación aduanera o de ingreso a zona franca. (Art.3)
   
   | 
 
 
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    Dcto Bancario Letras
   
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    Descuento bancario de letras. (Art.1 N°3)
   
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    Bonos Ley 18045
   
   | 
  
   
    Colocación de bonos, debentures, pagarés y otros valores inscritos en el Registro de Valores en conformidad a la Ley N° 18.045 (Art. 1 N°3 y Art. 2 bis)
   
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    Libranzas, Cred simp
   
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    Libranzas, créditos simples o documentarios y otros documentos en general que contengan una operación de crédito de dinero. (Art.1 N°3)
   
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    Entr. dinero interés
   
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    Entrega de dinero a interés, excepto cuando el depositario sea un banco. (Art.1 N°3)
   
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    Prorr. Cred interno
   
   | 
  
   
    Prórroga o renovación de las operaciones de crédito interno gravadas en el N°3 del Artículo 1. (Art.2 N°2)
   
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    Prorr. Cred exterior
   
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    Prórroga o renovación de las operaciones de crédito del exterior gravadas en el N°3 del Artículo 1 . (Art.2 N°2)
   
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    Línea Cred Naturales
   
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    Cada una de las operaciones de crédito de dinero que se realicen en virtud de lo pactado en contratos de apertura o líneas de crédito y las otorgadas para el uso de tarjetas de crédito para contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría, que no sean contribuyentes del Art. 20 N° 2 de la Ley de la Renta, y para quienes no sean contribuyentes de dicho impuesto siempre que no se trate de tarjetas destinadas al uso particular de personas naturales . (Art.24 N°9).
   
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    Fact o ctas a cobran
   
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    Entrega de facturas o cuentas en cobranza a instituciones bancarias y financieras. (Art.1 N°3)
   
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    Carta cred import
   
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    Cartas de crédito cuando no se emitan o suscriban otros documentos para garantizar su pago, relacionadas con importaciones no afectas con el impuesto del Art.3. (Art.1 N°3)
   
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    Pago import div banc
   
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    Pago de importaciones o ingresos de mercaderías a zonas francas, cuando dicho pago sea posterior a fecha de aceptación del documento de destinación aduanera o de ingreso a zona franca y se realice con divisas adquiridas a entidades bancarias, casas de cambio u otros. (Art.3)
   
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