CERTIFICADO QUE ACREDITA EL RECARGO DEL IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS - LEY N° 20.259


Sr. Contribuyente, en esta página Ud. podrá:

  • Si es retenedor del impuesto de timbres y estampillas, podrá emitir certificados a sus clientes que lo soliciten, como también, consultar los certificados que ha emitido.

  • Si es quien soportó el recargo del impuesto de timbres y estampillas, podrá consultar los certificados que le han emitido.

    

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